Acuerdo de respaldo a la modificación del Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La Junta Directiva de VenAmérica, en atención a la reciente decisión de la Asamblea Nacional que reviste jurídicamente la transición política, al modificar el “Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”,
CONSIDERANDO
Que en febrero de 2019 la Asamblea Nacional sancionó el “Estatuto”; que la continuidad de los usurpadores en el poder y el agotamiento del término de cinco años de los diputados elegidos el 6 de diciembre de 2015, obligaron a introducir cambios indispensables en el mismo; y que por razones de continuidad constitucional, en ausencia de nuevos diputados elegidos legítimamente en su debido tiempo, los anteriores deben permanecer en el ejercicio de sus funciones para la transición democrática, para asegurar “el pleno restablecimiento del orden constitucional, el rescate de la soberanía popular a través de elecciones libres y la reversión de la emergencia humanitaria, con el propósito de rescatar el sistema de libertades, garantías constitucionales y los derechos humanos”, como norte de la acción política de los venezolanos.
Que como preámbulo al hecho histórico del blindaje jurídico para la transición democrática, Venezuela vivió el pasado mes de diciembre dos hechos con un mismo protagonista: el pueblo; y que ese mismo pueblo, desafiando amenazas y amedrentamiento del régimen, fue el que el 6 de diciembre se abstuvo de concurrir y avalar el anunciado fraude electoral, y el que, del 7 al 12 de diciembre, participó abrumadoramente en la Consulta Popular propuesta por la sociedad civil, acogida y respaldada por el presidente Guaidó.
Que para los fines de la transición democrática es objetivo fundamental el rescate de la soberanía popular, a través de elecciones libres, para lo cual se determinan dos fases en el Estatuto: una primera antes del cese de la usurpación, la cual debe ser ejecutada por el Presidente Encargado, a quien por mandato le compete la organización del nuevo gobierno provisorio y del “Consejo Político”, cuyo Reglamento debe ser dictado por decreto presidencial, dentro de los 30 días continuos a partir del próximo 5 de enero; y una segunda que deberá cumplirse luego del cese de la usurpación, para lo cual será designado un Presidente Temporal, quien conformará un gobierno provisional hasta que el pueblo celebre elecciones libres,
ACUERDA
PRIMERO: Confirmar nuestro respaldo a la modificación del “Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.
SEGUNDO: Ratificar nuestro apoyo a la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015 y al Presidente Encargado Juan Guaidó, y reiterar nuestra confianza en que estos sabrán escuchar la decisión del pueblo en la reciente Consulta Popular.
TERCERO: Exigir al Presidente Encargado, Juan Guaidó, dar la participación necesaria a la sociedad civil organizada para que en el “Consejo Político” del nuevo gobierno provisorio, contribuya en esta etapa a resolver la grave crisis social, política y económica de Venezuela, consecuencia del régimen criminal.
CUARTO: Solicitar al Presidente Encargado y a la Asamblea Nacional dar cumplimiento a la decisión popular expresada en la Consulta efectuada entre el 7 y el 12 de diciembre pasados, dando particular atención a la decisión imprescindible de “adelantar las gestiones necesarias, ante la comunidad internacional, para activar la cooperación, acompañamiento y asistencia que permita rescatar nuestra democracia, atender la crisis humanitaria y proteger al pueblo de crímenes de lesa humanidad”.
QUINTO: Demandar al Parlamento cumplir cabalmente su función de control, sin interferir en las funciones propias del Ejecutivo, observando y acatando la separación de poderes, fundamento de la gestión democrática.
Por la Junta Directiva, en Doral, el cuatro de enero de dos mil veintiuno.